Condiciones Generales de Contrato de Viaje

1. Celebración del Contrato de Viaje

Mediante su registro el cliente adquiere el compromiso con DOMINICAN EXPERT de la celebración de un contrato de viaje. Los intermediarios (p. e. las agencias de viajes) y los prestadores de servicios (p. e. los hoteles, las empresas de transporte) no quedarán autorizados por DOMINICAN EXPERT a celebrar acuerdos, dar informes o promesas que modifiquen el contenido acordado del contrato de viaje, sobrepasen de las prestaciones de DOMINICAN EXPERT prometidas por vía convencional o estuvieran en contradicción con el anuncio de oferta del viaje. Los folletos de los sitios y de los hoteles que no hayan sido publicados por DOMINICAN EXPERT no serán obligatorios para DOMINICAN EXPERT ni para su deber de servicio, a menos que, mediante convenio expreso con el turista, hayan sido incluidos en el objeto del anuncio de oferta del viaje o integrados en el contenido del deber de servicio de DOMINICAN EXPERT. La reservación podrá ser efectuada de palabra, por escrito, por teléfono, por telefax o por vía electrónica (e-mail, Internet). En los casos de reservaciones electrónicas DOMINICAN EXPERT sin demora dará acuse recibo de la reservación por vía electrónica. El cliente responderá de todas las obligaciones contractuales de sus compañeros de viaje, por los cuales haya efectuado la reservación, como si fueran suyas, en tanto que haya contraído dicha obligación mediante declaración expresa por separado. El contrato se perfeccionará con la llegada de la declaración de aceptación de DOMINICAN EXPERT. El acuse de recibo de una reservación todavía no constituirá ninguna aceptación. La declaración de aceptación no requerirá de solemnidad alguna. Con la celebración del contrato o sin demora después DOMINICAN EXPERT enviará al cliente una confirmación del viaje por escrito. DOMINICAN EXPERT no estará obligada a ello si el cliente efectuó la reservación a menos de 7 días hábiles antes de emprender el viaje. Si el contenido de la confirmación del viaje es diferente del contenido del registro, dicha confirmación se reputará una nueva oferta vinculante para DOMINICAN EXPERT durante un plazo de 10 días. El contrato se perfeccionará conforme a la nueva oferta si el turista dentro del plazo de vinculación expresamente declare a DOMINICAN EXPERT su aceptación o efectué pagos.

Si DOMINICAN EXPERT proporciona al cliente arreglos de viajes de otros operadores turísticos, regirán las condiciones generales y los términos de contrato de viaje de éstos. En todos los casos de los vuelos aéreos solo (entre otras cosas APEX/PEX) proporcionados regirán las condiciones generales y los términos de contrato de viaje de las compañías aéreas correspondientes. En estos casos DOMINICAN EXPERT no será parte contratante, y por consiguiente, el cliente no podrá apoyarse en las presentes condiciones generales y términos de contrato de viaje.

2. Pagos

Con la celebración del contrato se pedirá al cliente un pago inicial anticipo por el valor de 20% del importe del viaje por persona. Si el pago inicial no fue efectuado DOMINICAN EXPERT tendrá derecho de cancelar el contrato, con el previo señalamiento de un plazo. Los demás pagos vencerán en las fechas convenidas, el remanente a más tardar 4 semanas antes de emprender el viaje. Una vez recibido el pago total del precio de viaje, se entregarán al cliente los documentos de viaje.

3. Prestaciones

Los servicios convenidos constarán en las descripciones de las prestaciones en el folleto, de nuestra página Web y los detalles de éstas a los cuales se refiera la confirmación del viaje. Si los datos del folleto, de la página Web y de la confirmación del viaje fueran contradictorios, regirán los datos de la confirmación del viaje. Las prestaciones individuales de viaje que modifiquen el contenido pactado del contrato de viaje o fuesen diferentes de éste, y que resulten necesarias después de la celebración del contrato o no hayan sido causadas por DOMINICAN EXPERT contra la buena fe, serán permitidas, en cuanto que las modificaciones o las diferencias no fueran considerables y no afectaran al carácter general del viaje reservado. Quedarán sin perjuicio los eventuales derechos de garantía, en cuanto las prestaciones modificadas adolezcan de vicios. DOMINICAN EXPERT estará obligada a informar sin demora al cliente sobre las modificaciones o las diferencias en el servicio. Si hay lugar a ello, DOMINICAN EXPERT ofrecerá al cliente el cambio gratuito de su reservación o la cancelación gratuita de ésta.

4. Cambios de Precios

DOMINICAN EXPERT se reserva el derecho de modificar los precios del anuncio de oferta y confirmados mediante la reservación en los casos de aumento de los gastos de transporte (en particular de los precios de combustible) o de los derechos de ciertas prestaciones, tales como los derechos portuarios y de aeropuertos, o de una modificación de la tasa de cambio vigente para el respectivo viaje, como a continuación se expresa:

Aumento de los Gastos de Transporte:

  • En los casos de aumento con respecto al asiento DOMINICAN EXPERT podrá pedir al cliente el excedente.
  • En los demás casos, los gastos de transporte adicionales exigidos por la empresa de transporte por cada medio de transporte serán divididos entre el número de asientos del medio de transporte convenido. DOMINICAN EXPERT podrá subir el precio de viaje convenido por el importe que así se arroje.

Aumento de los Derechos Portuarios y de Aeropuertos:
DOMINICAN EXPERT podrá subir el precio de viaje por el importe a cuotas.

Modificación de las Tasas de Cambio:
DOMINICAN EXPERT podrá subir el precio de viaje en la proporción al aumento del precio de compra de los servicios de viaje.

Aumentos de Precios decretados por el Estado (p. e. el impuesto sobre el valor añadido):
DOMINICAN EXPERT podrá subir el precio del viaje por el importe del aumento de precio decretado por el Estado.

El aumento será permitido solamente en tanto que entre el cierre del contrato y la fecha del viaje convenida haya más de tres meses, y que las circunstancias que causaron el aumento no hayan sobrevenido antes del cierre del contrato ni eran previsibles al momento del cierre del contrato. En los casos de aumento posterior del precio de viaje DOMINICAN EXPERT deberá sin demora informarlo al cliente. No serán permitidos aumentos a partir del 20º día antes de emprender el viaje. En los casos de aumento de precios de más de 10% el cliente tendrá derecho de cancelar el contrato sin pagar gastos, o de exigir la participación en un viaje al menos equivalente, si DOMINICAN EXPERT estuviese en condiciones de ofrecerle de entre sus ofertas tal viaje sin precio adicional. El turista deberá hacer valer estos derechos sin demora después de la declaración de DOMINICAN EXPERT acerca del aumento de precio.

5. Cancelación por el Cliente, Gastos de Anulación, Modificaciones de Reservaciones, Personas Sustitutas

El cliente podrá cancelar el contrato de viaje en todo momento antes de emprender el viaje. Será determinante la llegada de la declaración de cancelación a DOMINICAN EXPERT. Se recomienda al cliente declarar la cancelación por escrito. Si el cliente cancelará el contrato de viaje o no realizara el viaje, DOMINICAN EXPERT, en cuanto DOMINICAN EXPERT no hubiere de responder de la cancelación, y teniendo en cuenta los gastos economizados normalmente y posibles otros empleos de los servicios de viaje, podrá exigir las siguientes indemnizaciones globales:

Reservación más de 30 días antes de emprender el viaje: 20%
30 – 15 días antes de emprender el viaje: 40%
14 – 08 días antes de emprender el viaje: 60%
07 – 02 días antes de emprender el viaje: 80%
01 días antes de emprender el viaje o no-show: 100%

Hasta el comienzo de los plazos de cancelación que anteceden DOMINICAN EXPERT cobrará por las anulaciones y los cambios (cambios de nombres, cambio de la fecha del viaje, modificación de la reservación del alojamiento) en concepto de cargo por servicios el importe de US$100.00 por persona, pero sin embargo US$200.00 por cada encargo a lo máximo. Se añadirán los eventuales gastos de teléfono, telefax y mail.

Se podrá corresponder a las solicitudes de modificación de reservación que el cliente presentare pasado el 45 día antes de emprender el viaje, en tanto que su realización fuera generalmente posible, solamente después de la cancelación del contrato de viaje en las condiciones arriba indicadas y con el simultáneo nuevo registro. Hasta el comienzo del viaje el turista podrá exigir que un tercero sustituya su lugar en sus derechos y obligaciones en virtud del contrato de viaje. DOMINICAN EXPERT podrá oponerse a la sustitución por un tercero si éste no satisficiere las exigencias particulares del viaje o si su participación fuere contraria a disposiciones legales u órdenes de las autoridades administrativas. Si un tercero lo sustituye en el contrato, él y el turista responderán ante DOMINICAN EXPERT y solidariamente del precio de viaje y de los gastos complementarios ocasionados por la sustitución del tercero.
En los casos de anulación de acciones especiales / vuelos, solo será cargado el 100% del precio del arreglo. Regirán cláusulas más rigurosas a algunos viajes o prestaciones. Por eso, el cliente debería prestar atención a las “condiciones generales y términos del contrato de viaje” en el respectivo folleto o a las indicaciones en la confirmación de la reservación.

En los casos de vuelos regulares y de vuelos a precios especiales (p. e. PEX/APEX) regirán las condiciones de anulación y los gastos de modificación de reservaciones de las respectivas compañías aéreas y clases de tarifa.

6. Prestaciones no utilizadas

En caso de que el turista no utilice servicios individuales de viaje a consecuencia de su viaje de regreso anticipado o por otras razones urgentes, DOMINICAN EXPERT se esforzará ante los prestadores de servicios para conseguir el reintegro de los gastos economizados. Esta obligación no tendrá lugar si se trata de prestaciones totalmente insustanciales o si el reintegro fuese contrario a disposiciones legales u órdenes de las autoridades administrativas.

7. Cancelación y Denuncia por DOMINICAN EXPERT

DOMINICAN EXPERT podrá cancelar el contrato de viaje antes de emprender el viaje, o denunciar el contrato de viaje después de emprender el viaje, en los siguientes casos:

Sin Necesidad de Plazo Alguno:
Si el turista perturba con persistencia la realización de un viaje no obstante haber sido advertido por DOMINICAN EXPERT, o si se porta contrario al contrato a tal extremo que la inmediata cancelación del contrato fuera justificada. Si DOMINICAN EXPERT denuncia el contrato, el derecho al precio de viaje quedará sin perjuicio; pero sin embargo, DOMINICAN EXPERT deberá traer a colación el valor de los gastos economizados, así como aquellas ventajas que se adquirieron de otra utilización de las prestaciones no utilizadas, incluyendo los importes reintegrados por los prestadores de servicios.

Hasta 2 Semanas antes de emprender el Viaje:
En caso de que no se reúna el quórum mínimo de asistencia ofrecido en anuncio o establecido oficialmente, si en el anuncio de oferta del respectivo viaje ha sido indicado un quórum mínimo de asistencia. En todo caso DOMINICAN EXPERT estará obligada a participar de ello al cliente sin demora después de la verificación del requisito para la no realización del viaje y a enviarle la declaración de cancelación. El cliente recibirá devuelto sin demora el precio de viaje pagado. En caso de que en una fecha anterior fuera evidente que el quórum mínimo de asistencia no podrá reunirse, DOMINICAN EXPERT deberá informar al cliente sobre ello.

Hasta 4 Semanas antes de emprender el viaje:
Si la realización del viaje, habiendo sido agotado todo lo posible, no es exigible a DOMINICAN EXPERT, porque el número de reservaciones para dicho viaje es tan pequeño que la realización del viaje impondría un sacrificio económico excesivo a DOMINICAN EXPERT respecto a dicho viaje. Pero sin embargo, el derecho de cancelación tendrá lugar solamente si DOMINICAN EXPERT no ha de responder de las circunstancias causales, si las circunstancias causales de la rescisión son demostradas por DOMINICAN EXPERT y si ha sido sometido al turista una oferta de viaje sustitutiva comparable. Si el viaje fuere revocado por esta razón, el cliente recibirá devuelto sin demora el precio de viaje pagado. Adicionalmente le serán reintegrados globalmente sus gastos de reservación, en cuanto no aproveche una oferta sustitutiva de DOMINICAN EXPERT.

8. Obligaciones del Cliente

Aviso de errores:
Si el viaje no fue realizado conforme a lo convenido, el cliente podrá exigir solución. Pero sin embargo, el cliente estará obligado a señalar a DOMINICAN EXPERT la comprobación del error del viaje. En caso de que se omitiera eso culposamente, la reducción del precio de viaje no tendrá lugar. Lo que antecede solamente no será de aplicación si la notificación no le fuera exigible. El cliente estará obligado a participar su aviso de errores sin demora al representante en el lugar de vacaciones. En caso de que no exista ningún representante en el lugar de vacaciones, los eventuales vicios del viaje deberán ser participados a DOMINICAN EXPERT en su sede en Santo Domingo, República Dominicana. El cliente será informado sobre la ubicación del representante o del operador turístico, respectivamente, mediante la descripción de las prestaciones, pero a más tardar mediante los documentos de viaje. El representante quedará encargado de remediar la situación, a ser posible. Pero sin embargo, no estará facultado para reconocer reclamaciones del cliente. El cliente tendrá derecho de remediar los errores de su viaje él mismo, en tanto que el representante de DOMINICAN EXPERT o la representación local de DOMINICAN EXPERT, respectivamente, o el prestador de servicios no ofreciere ninguna solución razonable dentro de un plazo de 48 horas. Los gastos causados por ello serán compensados al cliente por DOMINICAN EXPERT dentro del margen de la responsabilidad legal y contractual contra documentación justificativa. Si la continuación del viaje o la estancia en el lugar de vacaciones no fuera exigible a causa de vicios graves, es imprescindible que el cliente recabe una certificación al respecto de la representación local de DOMINICAN EXPERT o del representante de DOMINICAN EXPERT, respectivamente, o del prestador de servicios donde conste que y por qué el cliente ha reclamado. La representación local de DOMINICAN EXPERT o el representante de DOMINICAN EXPERT, respectivamente, o el prestador de servicios estarán obligados a formular por escrito los hechos y la reclamación del cliente. La representación local, el prestador de servicios, etc. no estarán facultados para reconocer reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios algunas.

Señalamiento de Plazo antes de la Denuncia:
Will ein Kunde den Reisevertrag wegen eines Reisemangels oder aus wichtigen erkennbaren Gründen wegen Unzumutbarkeit kündigen, hat er zuvor eine angemessene Frist zur Abhilfeleistung zu setzen. Dies gilt nur dann nicht, wenn Abhilfe objektiv unmöglich ist, von DOMINICAN EXPERT verweigert wird oder wenn die sofortige Kündigung des Vertrages durch ein erkennbares Interesse des Kunden gerechtfertigt ist.

Gepäckverlust und Gepäckverspätung:
Si un cliente desea denunciar su contrato de viaje a causa de un error del viaje o por inexigibilidad con justa causa reconocible, deberá previamente señalar un plazo prudente a fin de que se ponga remedio. Esto solamente no será de aplicación si la solución fuera imposible de hecho, rehusado por DOMINICAN EXPERT, o si la denuncia inmediata fuera justificada en virtud de un interés reconocible del cliente.

Pérdida y Retraso de Equipajes:
DOMINICAN EXPERT recomienda encarecidamente que los daños o los retrasos en la entrega en los casos de viajes aéreos sean declarados sin demora ahí mismo mediante un aviso de daños (P.I.R.) a la respectiva compañía aérea. Las compañías aéreas, por regla general, rehúsan los reintegros si el aviso de daños no ha sido extendido. El aviso de daños, en los casos de pérdida de equipajes deberá ser hecho dentro de un plazo de 7 días, en los casos de retraso dentro de un plazo de 21 días a contar a partir de la entrega. Además, la pérdida, los daños o la mala dirección de equipajes de viaje deberán ser avisados al representante o a la representación local de DOMINICAN EXPERT.

Documentos de Viaje:
El cliente deberá informar a DOMINICAN EXPERT si no recibe los documentos del viaje requeridos (por ejemplo el billete aéreo, bonos de hoteles) dentro del plazo señalado por el operador turístico.

Obligación de aminorar los Daños:
El cliente, en la medida de lo posible, deberá impedir que un daño se realice y mantener al mínimo la cantidad de daños. En particular, deberá prevenir a DOMINICAN EXPERT que existe la posibilidad de siniestro.

9. Limitación de la Responsabilidad:

La responsabilidad contractual de DOMINICAN EXPERT por los daños que no fueran lesiones personales estará limitada al doble del precio de viaje,
a) En cuanto un daño al cliente no haya sido causado ni intencionalmente ni por negligencia grave, o
b) en cuanto DOMINICAN EXPERT fuera responsable frente al cliente de un daño causado exclusivamente por la culpa de su prestador de servicios.
La responsabilidad delictiva de DOMINICAN EXPERT por daños materiales que no residan en engaño o negligencia grave, estará limitada al doble del precio de viaje. Esta suma máxima en concepto de responsabilidad será de aplicación en cada caso por cada cliente y por cada viaje. Los eventuales derechos que la excedan en relación con los equipajes en virtud del Convenio de Montreal quedarán sin perjuicio de esta limitación. DOMINICAN EXPERT no responderá de irregularidades de servicios, daños corporales y materiales en relación con prestaciones que solamente fueran proporcionadas como prestaciones exteriores (p. e. jiras, acontecimientos deportivos, funciones de teatro, exposiciones, prestaciones de transporte del y hasta el punto de partida y el de destino anunciado en oferta). Si a DOMINICAN EXPERT corresponde la calidad del transportista aéreo contractual, la responsabilidad será regida por las disposiciones de la Ley de Tráfico Aéreo conjuntamente con el Convenio de Montreal. Esos convenios, por regla general, limitan la responsabilidad del transportista aéreo por muerte o lesión corporal, así como por pérdida de y daños a los equipajes. En cuanto DOMINICAN EXPERT fuere prestador de servicios en otros casos, la empresa responderá conforme a las disposiciones que rijan a éstos. Si a DOMINICAN EXPERT corresponde en los casos de viajes marítimos la calidad de transportador contratado, la responsabilidad será regida por las disposiciones de los Artículos 664 y siguientes, del Código de Comercio, y las de la Ley de Navegación Fluvial.

10. Accidentes y Enfermedades

DOMINICAN EXPERT asumirá la responsabilidad de los daños particulares en los casos de muerte, lesión corporal o enfermedad durante el viaje, en tanto que éstos hayan sido causados culposamente por DOMINICAN EXPERT o por una empresa encargada (hoteles, etc.), bajo la condición de que el cliente ceda los derechos a indemnización por daños y perjuicios en el volumen correspondiente a DOMINICAN EXPERT. En los casos de muerte, lesión corporal o enfermedad que el cliente sufriere en relación con transportes aéreos o la utilización de empresas de transporte (tren, autocares, etc.) las pretensiones de indemnización estarán limitadas según su valor a las sumas que resultaran de los convenios internacionales o las leyes nacionales en esta materia. Una responsabilidad más amplia de DOMINICAN EXPERT quedará excluida en estos casos.

11. Exclusión de Derechos, Prescripción y Convenio por la No Cesión

El turista deberá hacer valer sus pretensiones por la no prestación del viaje conforme al contrato frente a DOMINICAN EXPERT dentro de un plazo de un mes a contar a partir del fin del viaje previsto en el contrato. La reclamación que observe al plazo solamente podrá ser efectuada a la dirección abajo indicada. Finido el término el turista podrá hacer valer sus reclamaciones solamente si ha sido impedido sin culpa observar el plazo. Pero sin embargo, esto no será de aplicación al plazo para la reclamación de daños a los equipajes, los retrasos en la entrega de equipajes o la pérdida de equipajes en relación con los vuelos conforme al Número 8. Éstos deberán ser avisados dentro de un plazo de siete días, en los casos de pérdida de equipajes, y dentro de un plazo de 21 días a contar a partir de la entrega, en los casos de retraso en la entrega de los equipajes. Los derechos adquiridos por vía convencional prescribirán dentro de un plazo de un año. El plazo de prescripción comenzará con la fecha en que el viaje debió terminarse conforme al contrato. Si estuvieran pendientes las negociaciones sobre las reclamaciones del turista, la prescripción quedará suspendida, hasta que DOMINICAN EXPERT o el turista rehúse la continuación de las negociaciones. El plazo de prescripción comenzará no antes de 3 meses a contar a partir de la suspensión. Quedará excluida la cesión de las pretensiones del cliente contra DOMINICAN EXPERT a terceros que no hayan participado en el viaje.

12. Normas sobre Pasaportes, Visas y Sanidad Pública

DOMINICAN EXPERT responderá que los ciudadanos del Estado en el cual el viaje fuera ofrecido sean informados sobre las normas referentes a los pasaportes, los visados y la sanidad, así como sus eventuales modificaciones antes de emprender el viaje. A los ciudadanos de otros Estados el consulado pertinente les dará informes al respecto. Se partirá del supuesto de que no concurran particularidades en la persona del cliente ni en sus eventuales compañeros de viaje (p. e. doble nacionalidad o apátrida). El cliente será responsable de conseguir y llevar consigo los documentos de viaje requeridos, de las vacunas eventualmente requeridas, así como de la obediencia de los reglamentos de aduanas y de las reglamentaciones de cambios. Las desventajas que resulten de la desobediencia del cumplimiento de dichas disposiciones, por ejemplo el pago de los gastos de cancelación, correrán a su cargo. Esto no será de aplicación si DOMINICAN EXPERT culposamente no lo haya informado, o lo haya informado insuficiente o incorrectamente. DOMINICAN EXPERT no responderá de la concesión y de la llegada oportuna de la visa requerida por la respectiva misión diplomática si el viajero ha encargado a DOMINICAN EXPERT su cuidado, a no ser que DOMINICAN EXPERT haya de responder del retraso.

13. Ley aplicable

A la relación contractual entre el cliente y DOMINICAN EXPERT será aplicable exclusivamente el derecho de la República Dominicana. Esto será de aplicación también a toda la relación jurídica.

14. Fuero

El turista podrá demandar en juicio a DOMINICAN EXPERT solamente en la sede de ésta. Para las demandas de DOMINICAN EXPERT contra el turista será determinante el domicilio del turista.

15. Vigencia

Estas Condiciones Generales de Contrato de Viaje fueron actualizadas en enero de 2013 y serán incluidas en todos los contratos de viaje celebrados a partir del 01 de enero de 2013.